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Nota del editor: 

#CoaliciónResponde es una entrada semanal donde los colaboradores de Coalición por el Evangelio dan respuesta a diversas inquietudes. Puedes usar #CoaliciónResponde en las redes sociales o escribirnos a [email protected] con tus preguntas.

Pregunta: En base a lo que dice Juan 20:22-23, ¿debo entender que los cristianos podemos perdonar pecados?

Después de su resurrección y antes de su ascensión, el Señor Jesucristo dijo a sus discípulos: “Recibid el Espíritu Santo. A quienes remitiereis los pecados, les son remitidos; y a quienes se los retuviereis, les son retenidos” (Jn. 20:22 y 23). ¿Significa esto que sus discípulos iban a compartir la prerrogativa divina de perdonar o no los pecados de la gente, y que nosotros también podemos hacerlo?

1. ¿Podemos nosotros perdonar pecados? No.

“¿Quién puede perdonar pecados, sino solo Dios” (Mr. 2:7b). Aunque lo dijeron algunos escribas, tenían razón: solo Dios puede perdonar pecados. Y el hecho de que Jesús acababa de decirle a un hombre paralítico: “Hijo, tus pecados te son perdonados” (Mr. 2:5), era una prueba más de que él, Jesús, era Dios.

¿Por qué solo Dios puede perdonar pecados? (1) Porque todos los pecados van contra él, aun cuando vayan contra otras personas también; (2) Porque solo Dios tiene derecho a decidir si perdonar o no, si absolver o condenar; (3) Porque Dios no ha delegado esa autoridad en nadie más; y: (4) Porque todos nosotros somos pecadores, lo cual nos priva de la autoridad moral necesaria para perdonar los pecados de otras personas.

2. ¿Podemos nosotros perdonar pecados? Sí.

Existe una excepción a la regla expuesta: nosotros sí podemos perdonar los pecados que se cometen contra nosotros mismos: “Perdónanos nuestras deudas, como también nosotros perdonamos a nuestros deudores” (Mt. 6:12); “Soportándoos unos a otros, y perdonándoos unos a otros… De la manera que Cristo os perdonó, así también hacedlo vosotros” (Col. 3:13).

3. ¿Podemos nosotros perdonar pecados? No.

¿Entonces, a qué se refieren las palabras del Señor, citadas arriba? No parece que el Señor estuviera refiriéndose al perdón de los pecados cometidos contra los discípulos mismos. ¿Entonces, en qué sentido iban ellos a poder “remitir” y “retener” los pecados de otras personas?

Yo entiendo que esto se refiere al papel de la iglesia local en pronunciarse sobre el estado espiritual de las personas. Hay tres momentos en particular cuando una iglesia tiene la autoridad de hacer eso: (1) A la hora de reconocer como válida la profesión de fe de una persona; (2) A la hora de poner a algún miembro bajo disciplina, o de levantarle la disciplina; y: (3) A la hora de tener que proceder a la excomunión de algún miembro.

En el libro de Hechos hay varios ejemplos de ello: (1) El reconocimiento público de las tres mil personas que se convirtieron el día de Pentecostés (Hch. 2:37 y ss.); (2) El caso de Ananías y Safira (Hch. 5:1 y ss.); (3) La advertencia dirigida a Simón el mago, por lo que parecía ser una conversión falsa (Hch. 8:18 y ss.); (4) La aceptación de Saulo como creyente (Hch. 9:26 y ss.); etc. En estos casos nadie usurpó el derecho divino de perdonar o no los pecados de las personas, pero la iglesia se pronunció en cuanto a quién mostraba indicios de haber sido perdonado por Dios y quién no.

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